R.C Decenal de Daños
Trabaja con tranquilidad.
El seguro decenal de daños materiales a la edificación cubre durante 10 años los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan origen en los cimientos y la estructura, o que los afecten, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
Las causas del daño pueden ser defectos de material o errores de proyecto o de ejecución.
El daño se manifiesta en la obra fundamental y compromete la estabilidad del edificio.
Se garantiza el conjunto de la edificación: cimientos, estructura, cierres exteriores, obra secundaria, equipos, instalaciones, etc.
Garantías básicas
Durante los manantial primeros años desde la recepción, garantizamos la indemnización o reparación de daños en el edificio que tengan origen o afecten la cimentación o los elementos estructurales, y que comprometan la seguridad estructural.
Algunas de las causas que pueden propiciar estos daños serían:
Errores de diseño
Defectos de materiales o mano de obra defectuosa
Errores de cimentación o estructura
Incendio o explosión por vicios o defectos en las instalaciones del edificio
Garantías complementarias
Amplía el seguro en función de tus necesidades con las garantías adicionales o extensiones siguientes:
Bienes preexistentes, porque dispongas de una protección adecuada en obras de rehabilitación, te ofrecemos la posibilidad de amparar las partes del edificio que se conservan
Impermeabilización de cubiertas, fachadas y sótanos, haciéndonos cargo de restituir los daños por el efecto del agua durante los tres primeros años
Renuncia de acciones contra contratista, autores del proyecto y dirección facultativa, por anticipado del asegurado.
Revalorización de capitales, porque ante subidas de los costes de construcción en un seguro de diez años, la indemnización siempre sea la adecuada
¿A quién va dirigida este seguro?
El seguro Decenal está fundamentalmente dirigida a empresas promotoras inmobiliarias y a empresas constructoras.
¿Por qué este seguro es necesario para mi empresa?
La contratación de este tipo de seguro es obligatoria por Ley para poder inscribir en el Registro de la Propiedad cualquier inmueble dedicado a vivienda. Esto es así tanto en la edificación de nueva planta como en la rehabilitación de edificios de viviendas construidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de la Edificación.
Además, y aunque no sea obligatorio por ley, te ofrecemos la posibilidad de asegurar edificación no residencial, como sería el caso de edificios de oficinas y locales comerciales, hoteles, parkings, edificios culturales y administrativos u hospitales por ejemplo, así como proyectos de rehabilitación. Gracias a nuestra protección, tus proyectos contarán con un añadido extra de calidad y seguridad.
Hasta qué punto queda garantizado el edificio asegurado?
Este seguro tiene en cuenta la integridad del edificio durante un periodo de diez años una vez aceptada la obra. Se garantiza la cobertura de los daños materiales causados en el edificio por vicio o por defectos de origen o que afecten los cimientos y estructura, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.